QUITA DUDAS ELECTORAL ¿Qué es el Gobierno Abierto? Es un modelo conforme al cual la ciudadanía y la población en general, colaboran con las autoridades e Instituciones en la solución de los problemas públicos, en un contexto en el que convergen la transparencia y la participación ciudadana como criterios básicos, dentro de un ambiente de rendición de cuentas e innovación. ¿Qué vamos a elegir el 6 de junio de 2021 en el Estado de México? Elegiremos a las diputadas y los diputados que integrarán la LXI Legislatura Local y a las personas integrantes de los 125 ayuntamientos del Estado de México. ¿Qué es el Padrón electoral? Es el listado de los nombres de las ciudadanas y los ciudadanos mexicanos que cumplen los requisitos constitucionales y legales para el ejercicio de sus derechos político-electorales, los cuales solicitaron su Credencial para Votar. ¿Qué es la Lista Nominal de electores? Es la base de datos de las ciudadanas y los ciudadanos a quienes se ha entregado su Credencial para Votar, por lo que podrán emitir su voto durante la jornada electoral. ¿Qué es un Distrito Electoral? Es la demarcación territorial en la que se elige cada una de las diputaciones por el principio de mayoría relativa. En el Estado de México, existen 45 distritos electorales uninominales, en cada uno de los cuales la ciudadanía elige con su voto a la persona que ocupará una de las 45 diputaciones de mayoría relativa de la Legislatura local. ¿Qué es una sección electoral? Es la porción de territorio dentro de cada uno de los distritos, para la inscripción de las ciudadanas y los ciudadanos en el padrón electoral y las listas nominales de electores, con base en el número de habitantes. Tu sección electoral es el número de cuatro dígitos que aparece en la parte inferior de tu Credencial para Votar. De acuerdo con el artículo 267 del Código Electoral del Estado de México, cada sección electoral tiene como máximo tres mil electores. Sin embargo, el tamaño de las secciones puede aumentar debido al crecimiento de la población, lo cual deberá ajustarse en un posterior reseccionamiento. ¿Qué es la Clave de elector? La clave de elector o clave de registro es una clave de 18 caracteres que aparece en tu Credencial para Votar, la cual identifica tu registro en el Padrón Electoral. Se forma por las consonantes iniciales de los apellidos y el nombre de la persona, seguido de su fecha de nacimiento (dos dígitos para el año, dos dígitos para el mes, dos dígitos para el día), el número de la entidad federativa de nacimiento, la letra que identifica el género y una homoclave compuesta de tres dígitos. ¿Qué es una casilla electoral? Es el lugar físico al que acude el electorado las y los electores en la sección electoral de su domicilio, para emitir su voto, el cual es contabilizado en ese mismo sitio por quienes integren la Mesa Directiva de Casilla, en presencia de las personas representantes de los partidos políticos. ¿Qué es una casilla básica? Es la casilla que se instala en una sección electoral, por cada 750 electoras y electores (as) que residan en dicha sección. ¿Qué es una casilla contigua? Es la casilla que se instala junto a la casilla básica, cuando el número de electoras y electores (as) es superior a 750. ¿Qué es una casilla especial? Es la casilla en la que votan las personas que se encuentran en tránsito, es decir, fuera del municipio en el que tengan su domicilio. Si están fuera del municipio de su domicilio, pero dentro del distrito electoral que les corresponde, podrán votar para diputaciones. Si también se encuentran fuera del distrito de su domicilio, podrán votar para la elección de Gobernadora o Gobernador y para la elección de diputaciones por el principio de representación proporcional. ¿Qué es una casilla extraordinaria? Las casillas extraordinarias son aquellas que se instalan en lugares de fácil acceso para las electoras y los electores, cuando por las condiciones geográficas de infraestructura o socioculturales de la sección electoral, se dificulta su acceso a un mismo sitio. ¿Cuál es el horario en que se podrá ejercer el derecho a votar en la casilla? A partir de las 08:00 horas (8 de la mañana), hasta las 18:00 horas (6 de la tarde). Las casillas sólo pueden permanecer abiertas después de las 18:00 horas, cuando aún se encuentren las electoras y los electores(as) formados(as) para votar. En este caso, se cerrarán una vez que quienes estuviesen formados(as) hayan votado. ¿Qué es una Mesa Directiva de Casilla? Es el órgano integrado por ciudadanas y ciudadanos, el cual tiene a su cargo instalar y clausurar la casilla, recibir la votación, realizar el escrutinio y cómputo de ésta e integrar los paquetes electorales con la documentación de cada elección, para entregarla al Consejo Distrital o Municipal respectivo. ¿Qué es una funcionaria o funcionario de mesa directiva de casilla? Es la ciudadana o el ciudadano vecino(a) de la sección electoral, seleccionado(a) por sorteo y capacitado(a) para integrar la mesa directiva de casilla el día de la jornada electoral. Las funcionarias y los funcionarios de la mesa directiva de casilla son una presidenta o presidente, una secretaria o secretario, dos escrutadoras o escrutadores y tres personas suplentes generales. En las elecciones federales y locales concurrentes, la mesa directiva se integrará, además, con una secretaria o secretario y una escrutadora o escrutador adicionales. ¿Qué es una observadora u observador electoral? Es la ciudadana o el ciudadano que, individualmente o a través de la agrupación a la que pertenezca, vigila que los actos de preparación y desarrollo del proceso electoral, se realicen de acuerdo con la ley. Para participar como observadora u observador electoral, se requiere haber obtenido previamente la acreditación correspondiente ante la autoridad electoral. ¿Qué es una Junta Distrital? Es un órgano desconcentrado del IEEM, de carácter temporal, el cual participa en la organización de las elecciones de Gobernadora o Gobernador y de diputaciones locales, en cada uno de los 45 distritos electorales locales uninominales. La Junta Distrital se integra por un(a) vocal ejecutivo(a), un(a) vocal de organización electoral y un(a) vocal de capacitación. Entre otras actividades, las juntas distritales proponen al Consejo Distrital correspondiente el número de casillas que se instalarán en cada una de las secciones del distrito; capacitan a las ciudadanas y los ciudadanos que habrán de integrar las mesas directivas de casilla; someten a la aprobación del Consejo Distrital, las solicitudes de observadoras y observadores electorales; coadyuvan en la supervisión para garantizar el acceso a radio y televisión de los partidos políticos durante las precampañas y campañas locales; y ejecutan los programas de capacitación electoral y educación cívica, paridad de género y respeto a los derechos humanos de las mujeres en el ámbito político y electoral. ¿Qué es un consejo distrital? Es un órgano desconcentrado y temporal dentro de cada distrito, integrado predominantemente por ciudadanas y ciudadanos, con voz y voto, y en el cual se encuentran representados los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes, sólo con voz. El Consejo Distrital se encarga de tomar ciertas decisiones sobre la organización de la elección de Gobernadora o Gobernador y la elección de diputaciones locales en el ámbito del distrito correspondiente, con base en las propuestas que le presenta la junta distrital respectiva; además, vigila el desarrollo del proceso electoral y que el mismo se sujete a los principios rectores de certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad y paridad. ¿Qué es una junta municipal? Es el órgano desconcentrado y temporal, ubicado en cada uno de los 125 municipios del Estado de México, responsable de participar en la organización de la elección del ayuntamiento en el municipio respectivo. Se integra por un(a) vocal ejecutivo y un(a) vocal de organización electoral. Entre sus principales atribuciones, tiene las de cumplir con los programas que determine la Junta General del IEEM; informar mensualmente a la Junta General y al Consejo Municipal correspondiente sobre el desarrollo de sus actividades; y entregar a las personas integrantes del Consejo Municipal, copia de los documentos remitidos por el Consejo General y la Junta General. ¿Qué es un consejo municipal? Es un órgano desconcentrado y temporal, integrado mayoritariamente por ciudadanas y ciudadanos y en el cual tienen representación los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes. Dentro de su municipio, el Consejo Municipal adopta diversas decisiones sobre la organización de la elección del ayuntamiento, con base en las propuestas y proyectos que le presenta la junta municipal; vigila el desarrollo del proceso electoral y el cumplimiento de los principios rectores de éste. ¿Qué son las plataformas electorales? Son los documentos que contienen las principales propuestas que los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes sostendrán en sus campañas. ¿Qué es la campaña electoral? Son las reuniones públicas, asambleas, marchas y demás actividades que realizan los partidos políticos, coaliciones, candidatas y candidatos registrados, las personas dirigentes, militantes, afiliadas, afiliados y simpatizantes, para promover sus candidaturas y solicitar el voto de la ciudadanía a favor de ellas, así como difundir sus plataformas electorales y programas de gobierno; todo ello, dentro de los plazos señalados en la ley. ¿Qué es una coalición? Es la unión temporal de 2 o más partidos políticos, para postular a las mismas candidatas y candidatos en una elección. Los partidos que se coaliguen deben celebrar y registrar un convenio ante la autoridad electoral. ¿Qué es una candidatura común? Es la candidatura de una candidata o candidato al que apoyan simultáneamente 2 o más partidos políticos en una elección. Para participar en candidatura común, los partidos políticos también deben registrar un convenio ante el organismo público local electoral. ¿Qué es una candidatura independiente? Es la candidatura de una ciudadana o un ciudadano que contiende por un cargo de elección popular, sin el apoyo de un partido político.